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PRIMERA EDICION 2012

QUINTA EDICION 2017

D.R. © Tax Editores Unidos, S.A. de C.V.
Iguala 28, col. Roma Sur,
CP. 06760, Ciudad de México, México.
Tels.: 52 65 14 00 y 80 00 95 00.
www.tax.com.mx e-mail: tax@tax.com.mx
Prohibida la reproducción total o parcial de esta obra sin el permiso previo por escrito de sus autores.

Autores
• C.P. José Pérez Chávez.
• C.P. Raymundo Fol Olguín.
Av. Coyoacán 159, col. Roma Sur,
CP. 06760, Ciudad de México, México.
La presente edición contiene las disposiciones fiscales dadas a conocer en el DOF hasta el 16 de marzo de 2017.

Autores primigenios:
•C.P. José Pérez Chávez.
•C.P. Eladio Campero Guerrero.  cruz
•C.P. Raymundo Fol Olguín.

Esta obra no genera derechos ni establece obligaciones distintos a los que expresamente se señalan en las leyes y demás disposiciones fiscales en la materia.

ISBN 978-607-629-101-6

Impreso y Hecho en México

CONTENIDO

ABREVIATURAS

INTRODUCCION

CAPITULO I
TIPOS DE CONSTRUCCION

1. Obra pública

Generalidades

Contratación de las obras

Ejecución de las obras

Legislación de entidades federativas

2. Obra con particulares

3. Desarrollos inmobiliarios

CAPITULO II
ASPECTOS CONTABLES

A. EMPRESAS CONSTRUCTORAS QUE CELEBRAN CONTRATOS DE CONSTRUCCION

1. Tipos de contratos de construcción

Contrato a precio fijo o alzado

Contrato a precios unitarios

Contrato de costo más comisión (sobre la base de costos más cantidad convenida)

Contrato por administración

2. Reconocimiento y valuación de los ingresos y costos

Generalidades

1. Centro de utilidad

2. Ingresos

3. Costos

Método de porciento de avance

1. Estimados de ingresos y costos

2. Determinación del porciento de avance

Determinación de los ingresos y costos del periodo contable

Cambios en estimados

Partidas incobrables

Pérdidas

3. Reglas de presentación

En el activo circulante

En el pasivo circulante

En el activo circulante o no circulante

4. Reglas de revelación

5. Casos prácticos

B. DESARROLLADORES INMOBILIARIOS QUE NO CELEBRAN CONTRATOS DE CONSTRUCCION

1. Normas de valuación

2. Métodos de valuación de inventarios

3. Fórmulas de asignación del costo

4. Reconocimiento en resultados

5. Normas de presentación

6. Vigencia

7. Transitorios

8. Utilización práctica del costeo directo y de la fórmula (antes método) de últimas entradas primeras salidas (UEPS)

CAPITULO III
ASPECTOS FISCALES DE EMPRESAS QUE CELEBRAN CONTRATOS DE CONSTRUCCION

A. IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Régimen general de ley

1. Ingresos acumulables

2. Deducciones autorizadas

Requisitos que deberán reunir las deducciones autorizadas

Deducción del costo de lo vendido

Opción para deducir terrenos en el ejercicio en que se adquieran

Deducción de inversiones

1. Deducción normal de inversiones

2. Deducción inmediata de inversiones conforme a decreto

3. Opción de deducir las erogaciones estimadas

4. Gastos e inversiones no deducibles

5. Contribuyentes que obtengan concesiones, autorizaciones o permisos para la construcción de obras públicas

Deducción de activos fijos

Deducción de la inversión para la construcción de la obra objeto de la concesión, autorización o permiso

Ajuste anual por inflación

6. Obligaciones

7. Expedir comprobantes fiscales

Régimen de flujo de efectivo en el ISR para ciertas personas morales

1. Quiénes pueden tributar en este régimen

Presentación de aviso para ejercer esta opción

2. Constructoras que no podrán optar por aplicar el régimen de flujo de efectivo

3. Ingresos acumulables

Momento en que se acumulan los ingresos

4. Deducciones autorizadas

Caso en que no se efectuará la deducción de erogaciones realizadas en el ejercicio de 2017

Momento en que deben efectuarse las deducciones

Requisitos que deberán reunir las deducciones autorizadas

Deducción de compras netas efectivamente pagadas

Tratamiento fiscal de los inventarios que se tenían al 31 de diciembre de 2016

Deducción de inversiones

1. Deducción normal de inversiones

Tratamiento fiscal de las inversiones que se tenían al 31 de diciembre de 2016

2. Deducción inmediata de inversiones conforme a decreto

5. Exceptuadas de calcular ajuste anual por inflación al cierre del ejercicio

6. Obligaciones fiscales

Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)

Llevar contabilidad

Expedir comprobantes fiscales

Expedir comprobantes fiscales de pagos efectuados a residentes en el extranjero

Formulación del estado de posición financiera

Presentar declaración anual

Presentar declaraciones informativas

Obtener y conservar documentación comprobatoria de operaciones celebradas con partes relacionadas residentes en el extranjero

Por el pago de dividendos

Llevar un control de los inventarios

Información por operaciones superiores a $100,000.00

Información por préstamos, aportaciones o aumentos de capital

Llevar una cuenta de capital de aportación

Llevar una cuenta de utilidad fiscal neta

B. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

1. Actos o actividades gravados

2. Exención del IVA por servicios de construcción de casa habitación

3. Exención del IVA en la enajenación de terrenos

4. Declaraciones de pagos mensuales definitivos

5. Momento en que se causa el IVA

6. Requisitos del IVA acreditable

7. Retenciones del IVA

8. Saldos a favor

9. Contabilidad

10. Expedición de comprobantes fiscales

11. Condonación del IVA causado por la prestación de servicios parciales de construcción destinados a casa habitación

CAPITULO IV
ASPECTOS FISCALES DE LOS DESARROLLADORES INMOBILIARIOS QUE NO CELEBRAN CONTRATOS DE CONSTRUCCION

A. IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Régimen general de ley

1. Ingresos acumulables

2. Deducciones autorizadas

Requisitos que deberán reunir las deducciones autorizadas

Deducción del costo de lo vendido

Opción para deducir terrenos en el ejercicio en que se adquieran

Deducción de inversiones

1. Deducción normal de inversiones

2. Deducción inmediata de inversiones conforme a decreto

3. Opción de deducir las erogaciones estimadas

4. Gastos e inversiones no deducibles

5. Contribuyentes que obtengan concesiones, autorizaciones o permisos para la construcción de obras públicas

Deducción de activos fijos

Deducción de la inversión para la construcción de la obra objeto de la concesión, autorización o permiso

Ajuste anual por inflación

6. Obligaciones

7. Expedir comprobantes fiscales

Régimen de flujo de efectivo en el ISR para ciertas personas morales

B. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

1. Actos o actividades gravados

2. Exención del IVA por servicios de construcción de casa habitación

3. Exención del IVA en la enajenación de terrenos

4. Declaraciones de pagos mensuales definitivos

5. Momento en que se causa el IVA

6. Requisitos del IVA acreditable

7. Retenciones del IVA

8. Saldos a favor

9. Contabilidad

10. Expedición de comprobantes fiscales

CAPITULO V
ASPECTOS DE SEGURIDAD SOCIAL

1. Aspectos generales

2. Seguros que amparan a los trabajadores de la industria de la construcción

3. Obligaciones de los patrones de la industria de la construcción

Registro patronal

Autoclasificación en el seguro de riesgos de trabajo

Registro de obra, incidencias, cancelación de subcontratación y entrega de relación mensual de trabajadores

Importancia del correcto llenado y presentación de los formatos SATIC

Presentación de avisos afiliatorios de los trabajadores

Determinación y pago de cuotas

Uso de la UMA para efectos de cotización y pago de cuotas obrero-patronales

Declaración anual de riesgos de trabajo

Registros de pago de salarios y conservación de los mismos

Entrega a los trabajadores de constancia de días laborados

Otras obligaciones

Obligaciones en materia de Infonavit

1. Proporcionar información al Infonavit

2. Atender los requerimientos de pago e información del Infonavit

3. Presentar al Infonavit informes sobre la situación fiscal y anexos del dictamen fiscal

4. Otras obligaciones

5. Resumen de obligaciones

6. Comunicación trimestral de los contratos de subcontratación celebrados

7. Obligaciones del contratante en materia de comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios

4. Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones

5. Convenios para el pago anticipado de cuotas de construcción esporádica

Sanción por no comunicar el domicilio o fases de las obras de construcción

6. Dictamen del cumplimiento de las obligaciones ante el IMSS

7. Cumplimiento espontáneo pero extemporáneo de las obligaciones

8. Fiscalización a los patrones de la industria de la construcción

9. Determinación presuntiva de cuotas

ANEXO I

Porcientos de deducción opcional aplicables a contribuyentes que cuenten con concesión, autorización o permiso de obras públicas

ANEXO II

Costos de mano de obra por metro cuadrado para la obra privada, vigentes en 2017 (DOF 2/II/2017)

ANEXO III

Factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, para 2017 (DOF 2/II/2017)

ANEXO IV

Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en materia de vivienda (DOF 22/I/2015)

ABREVIATURAS

ADSC

Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente

CFDI

Comprobante Fiscal Digital por Internet o Factura Electrónica

Código Fiscal

Código Fiscal de la Federación

Contraseña

Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida

CPA

Contador público autorizado

CSD

Certificado de Sello Digital

Cuca

Cuenta de capital de aportación

Cufin

Cuenta de utilidad fiscal neta

CURP

Clave Unica de Registro de Población

DOF

Diario Oficial de la Federación

DTLISR

Disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta

DVTLISR

Disposiciones de vigencia temporal de la Ley del Impuesto sobre la Renta

e.firma

Certificado de la Firma Electrónica Avanzada

IDSE

IMSS desde su Empresa

IEPS

Impuesto especial sobre producción y servicios

IMSS

Instituto Mexicano del Seguro Social

INE

Instituto Nacional Electoral

Infonavit

Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

INPC

Indice Nacional de Precios al Consumidor

ISR

Impuesto sobre la renta

IVA

Impuesto al valor agregado

Ley de Ingresos

Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017

LFT

Ley Federal del Trabajo

LISR

Ley del Impuesto sobre la Renta

LIVA

Ley del Impuesto al Valor Agregado

LOPS

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

LSS

Ley del Seguro Social

NIF

Normas de Información Financiera

NOM

Norma Oficial Mexicana

PTU

Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas

Racerf

Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización

Refipres

Regímenes fiscales preferentes

RFC

Registro Federal de Contribuyentes

Rimpiolinfo

Reglamento para la imposición de multas por incumplimiento de las obligaciones que la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y sus Reglamentos establecen a cargo de los patrones

RMF

Resolución Miscelánea Fiscal

RPC

Registro Público de Comercio

RTC

Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado

RSSOTCOTD

Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado

SAT

Servicio de Administración Tributaria

SATIC

Sistema de Afiliación de Trabajadores de la Industria de la Construcción

SE

Secretaría de Economía

SHCP

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

SMN

Servicio Militar Nacional

SUA

Sistema Unico de Autodeterminación

Udis

Unidades de inversión

UMA

Unidad de Medida y Actualización

INTRODUCCION

Conforme a las disposiciones tributarias, la construcción se considera una actividad empresarial. Por lo tanto, las personas físicas y las morales dedicadas a esta industria pueden tributar en los regímenes fiscales que a continuación se indican:

1. Tratándose de personas morales en el:

a) Régimen general de ley.

b) Régimen de flujo de efectivo en el ISR para ciertas personas morales.

2. Tratándose de personas físicas en el:

a) Régimen general de las actividades empresariales y profesionales.

b) Régimen de incorporación fiscal.

Ahora bien, debido a las particularidades que la LISR establece para las personas morales que tributan conforme al régimen general de ley, dedicadas a la construcción, en esta obra abordaremos dicho caso, así como el de las constructoras que tributan conforme al nuevo régimen de flujo de efectivo y no tocaremos lo referente a los regímenes fiscales de las personas físicas dedicadas a la construcción, ya que estos regímenes no hacen distinción, en cuanto a su tratamiento fiscal, entre personas físicas constructoras y otro tipo de personas físicas.

En esta obra se analiza la actividad de la construcción, considerando los aspectos siguientes:

1. Registros contables de los contratos de construcción.

2. Obligaciones fiscales que previene la LISR, y la LIVA.

3. Obligaciones relativas a la seguridad social.

El lenguaje claro y sencillo de esta obra permitirá que los estudiantes, contribuyentes y ejecutivos de las empresas constructoras, puedan:

1. Comprender de una manera integral el manejo contable de las empresas constructoras que celebran contratos de construcción.

2. Entender el manejo contable de los desarrolladores inmobiliarios que no celebran contratos de construcción

3. Llevar a cabo el cumplimiento expedito de las obligaciones fiscales y de seguridad social de dichas empresas.

Lo anterior, se ejemplifica, en lo posible, con casos prácticos de los fundamentos legales (LISR, LIVA, LSS, etc.) y contables (NIF) aplicables a esta industria.

El 26 de diciembre de 2013, la SHCP dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, el cual entró en vigor a partir del 1o. de enero de 2014 y continúa vigente para el ejercicio de 2017. El Decreto tiene por objeto agrupar varias medidas y beneficios fiscales, a efecto de que queden establecidos de manera clara y sencilla en un solo instrumento jurídico, y que permita identificarlos fácilmente y mejorar la certidumbre jurídica de los contribuyentes; en este sentido, incluye diversos beneficios y estímulos fiscales vigentes que se han otorgado en años anteriores, organizados por materias, a saber: ISR, IVA y CFF, entre otras. También otorga nuevos beneficios. En esta obra se indican los aspectos relevantes de dicho Decreto.

Por otra parte, el 15 de noviembre de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017, el cual, en términos generales, entró en vigor el 1o. de enero de 2017. En el Decreto se incluyeron algunos estímulos fiscales que ya estaban contemplados en el Decreto a que se refiere el párrafo anterior, publicado en el referido Diario el 26 de diciembre de 2013; además, se incluyeron nuevos beneficios, mismos que se explican en este libro.

Por último, en el Diario Oficial de la Federación del 22 de enero de 2015 se publicó el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en materia de vivienda; los beneficios fiscales de ese Decreto se analizan en esta edición.

Nota importante por considerar:

1. De acuerdo con el artículo 1.12 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa (DOF 26/XII/2013), los empleadores que realicen pagos por sueldos y salarios, en lugar de aplicar la tabla contenida en el artículo décimo del Decreto que regula el subsidio para el empleo (DOF 11/XII/2013), podrán aplicar la tabla contenida en el primer artículo mencionado, la cual transcribimos:

De acuerdo con el artículo tercero transitorio del “Decreto por el que se declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo”, publicado en el DOF el 27/I/2016, a la fecha de entrada en vigor de este decreto (al día siguiente de su publicación en el DOF), todas las menciones al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía de obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, así como en cualquier disposición jurídica que emane de éstas, se entenderán referidas a la UMA, la cual será equivalente al valor que tenga el salario mínimo general vigente diario en todo el país a la fecha de entrada en vigor del decreto de referencia.

Sin perjuicio de lo anterior, el artículo cuarto transitorio del decreto en comento indica que el Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones que correspondan en las leyes y ordenamientos de su competencia en un plazo máximo de un año contado a partir de la entrada en vigor del decreto en cita, con objeto de eliminar las referencias al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia, y sustituirlas por las relativas a la UMA.

Por otra parte, el 30 de diciembre de 2016 se publicó en el DOF el “Decreto por el que se expide la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización”. La citada ley entró en vigor el 31 de diciembre de 2016 y tiene por objeto establecer el método de cálculo que debe aplicar el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) para determinar el valor actualizado de la UMA.

Las obligaciones y supuestos denominados en UMA se considerarán de monto determinado y se solventarán entregando su equivalente en moneda nacional. Al efecto, deberá multiplicarse el monto de la obligación o supuesto, expresado en las citadas unidades, por el valor de dicha unidad a la fecha correspondiente.

El valor actualizado de la UMA se calculará y determinará anualmente por el INEGI. Asimismo, publicará en el DOF dentro de los primeros 10 días del mes de enero de cada año los valores de la UMA diario, mensual y anual en moneda nacional, mismos que entrarán en vigor el 1o. de febrero del año correspondiente.

El valor de la UMA se actualizará conforme al procedimiento establecido en el artículo 4o. de la Ley para Determinar el Valor de la UMA.

Por último, en el DOF del 10 de enero de 2017 se dieron a conocer los valores de la UMA vigentes a partir del 1o. de febrero de 2017, como sigue:

- Valor diario $75.49

- Valor mensual $2,294.90

- Valor anual $27,538.80